Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
26-10-2012

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121026-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

10
ORDEN de 23 de octubre de 2012, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 80.000.000 de euros.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de junio de 2012, autorizó a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamos en el exterior y emisiones de Deuda Pública hasta un importe máximo de 1.417.688.656 euros, equivalente al 0,75 por 100 del PIB regional, conforme al apartado 3 del Acuerdo 8/2012, de 6 de marzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 10 de mayo de 2012, disponer la realización de varios préstamos a largo plazo en moneda nacional y otras operaciones financieras a largo plazo, una vez obtenida la preceptiva autorización del Consejo de Ministros, hasta importe máximo de 2.835.377.312,84 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, de acuerdo con la autorización estatal, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una emisión de deuda a un plazo de cuatro años a tipo de interés variable.

El importe obtenido a través de la mencionada operación no excede del importe susceptible de ser financiado de conformidad con lo autorizado por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2012, ni el límite establecido por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de junio de 2012.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 5/2011, de 23 de diciembre.

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública con las siguientes características:

— Importe: 80.000.000 de euros.

— Modalidad: Bonos a cuatro años.

— Fecha de emisión y desembolso: 30 de octubre de 2012.

— Precio de emisión: 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.

— Fecha de vencimiento: 30 de octubre de 2016.

— Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor. Posibilidad de ejercicio de opción put, total o parcial, semestralmente.

— Precio de amortización: 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.

— Representación de los bonos: Los bonos se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, gestionado por la “Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima” (IBERCLEAR), siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

— Tipo de interés: Se trata de cupones crecientes, base Act/360, que se calculan semestralmente (30 octubre-30 abril sucesivamente), tomando de referencia el euribor a seis meses + diferenciales.

Si cualquier fecha de pago de intereses coincidiera con un día que no fuese una fecha hábil de liquidación TARGET2 se pospondrá hasta la siguiente fecha hábil de liquidación TARGET2, salvo que resultase ser un día del siguiente mes natural, en cuyo caso se adelantaría a la fecha de liquidación TARGET2 inmediatamente anterior. El período de cálculo de intereses se ajustará por el número real de días transcurridos.

La referencia será el Euro Interbank Offered Rate para el euro (Euríbor) a seis meses, tomado de la página Reuters Euribor01 (o cualquiera que la sustituya en el futuro).

La fecha de determinación del tipo de interés será a las once horas de dos días hábiles TARGET2 antes de la fecha de inicio de cada período de interés.

— Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.

— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segundo

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Director General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, la firma del contrato de suscripción de la emisión y la firma de la aprobación de los documentos contables del presupuesto de gastos necesarios para el abono de los gastos financieros de la emisión.

Tercero

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 23 de octubre de 2012.

El Consejero de Economía y Hacienda, ENRIQUE OSSORIO CRESPO

(03/34.720/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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