Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121026-166
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 189 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Diana Ortega Domínguez, doña Liliana Elena Dumbrava, doña Lungu Nadia Vasilica, don Radostin Stoykov Stoykov y don Domingo Blanco Pérez, contra la empresa “Las Mil y Una Caras, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se han dictado auto y dos decretos de 11 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Auto
La magistrada-juez de lo social, doña Begoña García Álvarez.—En Madrid, a 11 de septiembre de 2012.
Parte dispositiva:
Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia de 10 de julio de 2012 a favor de la parte ejecutante, doña Diana Ortega Domínguez, doña Liliana Elena Dumbrava, doña Lungu Nadia Vasilica, don Radostin Stoykov Stoykov y don Domingo Blanco Pérez, frente a “Las Mil y Una Caras, Sociedad Limitada Unipersonal”, por un importe de 34.885,27 euros de principal más 3.488,52 euros de intereses y 3.488,52 euros de costas calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.—La magistrada-juez de lo social (firmado).
Decreto
El secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 11 de septiembre de 2012.
Parte dispositiva:
Acuerdo: Retener los saldos a favor de la ejecutada en la entidad “Banco de Sabadell, Sociedad Anónima”, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber: 34.885,27 euros, de principal e intereses ordinarios, y 3.488,52 euros y 3.488,52 euros, presupuestados para intereses y costas.
Librar los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito donde se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma, quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que la ejecutada, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto, se remitirá directamente a este órgano judicial.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Decreto
El secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 11 de septiembre de 2012.
Parte dispositiva:
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
Librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “Las Mil y Una Caras, Sociedad Limitada Unipersonal”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Las Mil y Una Caras, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 11 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/32.254/12)

