Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121026-146
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 189 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Silvia Millán Reguera y don Rafael Zafra Aragón contra la empresa “Yurta Tenerife, Sociedad Limitada Profesional”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente decreto de insolvencia de fecha 10 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Decreto 555 de 2012
La secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 10 de septiembre de 2012.
Dispongo:
En atención a lo expuesto, se acuerda:
a) Declarar a la ejecutada “Yurta Tenerife, Sociedad Limitada Profesional”, en situación de insolvencia total, por importe de 21.719,17 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.
b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose de que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de tres días hábiles, a contar desde su notificación.
Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación de la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado en el banco “Banesto”, sucursal 1143, cuenta número 2518, la cantidad de 25 euros, y ello, de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación y, en su defecto, no se admitirá a trámite.
Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que vistan forma de auto, decreto o sentencia, o se trate de emplazamiento, que se harán a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Yurta Tenerife, Sociedad Limitada Profesional”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y/o en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Madrid, a 10 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/32.275/12)

