Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
26-10-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121026-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

122
Demanda 1.159 de 2011

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 1.159 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mario González Ortega, contra la empresa “Restaurante Asador O’Pazo de Lugo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto, cuya parte dispositiva se acompaña:

Parte dispositiva:

En su virtud, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, doña Elena Bornaechea Morlans resuelve: decretar la ejecución del fallo de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, con fecha 21 de diciembre de 2011, declarando extinguida a partir de esta fecha la relación laboral que vinculaba a don Mario González Ortega y a la empresa “Restaurante Asador o Pazo de Lugo, Sociedad Limitada”, y acordando que se le abone por esta última la cantidad de 7.735,27 euros en concepto de indemnización por dicha extinción, así como la cantidad de 6.072,72 euros en concepto de salarios, dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la del presente auto.

En ambas cantidades se encuentran comprendidas las fijadas en la sentencia.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, cuya interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 186.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado con el número 0030 1033 40 2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no este constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal efecto (Ley Orgánica 1/2009 de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Así, por este auto, lo pronuncio mando y firmo.

Diligencia

Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral, doy fe.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Mario González Ortega, a don Eutimio Panadero Mansilla, administraciones únicos y a “Restaurante Asador o Pazo de Luga, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.216/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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