Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
23-10-2012

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121023-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7

EDICTO

118
Juicio verbal 381 de 2012

En el juicio verbal número 381 de 2012, seguido a instancias del procurador don Antonio Pintado Torres, en nombre y representación de don Andrés Molano Delgado y doña Saturnina Salazar Márquez, frente a don José Luis Fernández Chicón, “Caja España Inversiones, Salamanca y Soria, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Promociones Inmobiliarias Ariadne, Sociedad Limitada”, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

Auto

En Leganés, a 19 de julio de 2012.

Dispongo: Que accediendo a las pretensiones interesadas en los autos de juicio verbal, seguidos bajo el número 381 de 2012 ante este Juzgado, a instancias del procurador de los Tribunales don José Antonio Pintado Torres, en nombre y representación procesal de don Andrés Molano Delgado y doña Saturnina Salazar Márquez, asistidos del letrado don José Luis Serrano Trujillo, contra “Caja España Inversiones, Salamanca y Soria, Sociedad Anónima Unipersonal”, representada por el procurador O. H. señor Martín y asistida de la letrada doña María Ángeles Pérez López, contra don José Luis Fernández Chicón, representado por el procurador señor Callejo y asistido del letrado don Cesáreo Jesús Barrado Liesa, y contra “Promociones Inmobiliarias Ariadne”, declarada en situación de rebeldía procesal, declaro que el inmueble sito en la calle Río Guadarrama, número 17, piso primero C, de Leganés, inscrita en el Registro de la Propiedad número 2 de dicha localidad, en el tomo 1645, libro 803, folio 37, pertenece en pleno dominio a los demandantes, sin efecto de cosa juzgada, debiéndose alzar el embargo sobre él acordado en los autos número 829 de 2010, seguidos en este mismo Juzgado entre los demandados en el presente juicio, cancelándose la anotación preventiva del embargo.

Se imponen las costas a los demandados “Caja España Inversiones, Salamanca y Soria, Sociedad Anónima Unipersonal”, don José Luis Fernández Chicón y “Promociones Inmobiliarias Ariadne”.

Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación, a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro de los veinte días siguientes a la constancia de su conocimiento, debiendo acreditar al presentar el escrito haber ingresado en la cuenta de Consignaciones de este Juzgado (2686 de “Banesto”) y en la cuenta expediente correspondiente al procedimiento, la suma de 50 euros (especificando en el campo “concepto” del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02), sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley Enjuiciamiento Civil y disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985).

Así lo mando y firmo.—Doy fe.

Y encontrándose dicho demandada, “Promociones Inmobiliarias Ariadne, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Leganés, a 26 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(02/7.816/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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