Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
23-10-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121023-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ARANJUEZ NÚMERO 3

EDICTO

99
Procedimiento ordinario 464 de 2008

Doña Isabel María Sánchez Martín, secretaria del Juzgado de primera instancia número 3 de Aranjuez.

Doy fe: De que en el presente procedimiento se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Aranjuez, a 18 de noviembre de 2011.

Vistos por mí, doña Cristina García González, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Aranjuez, los presentes autos de juicio ordinario seguidos con el número 464 de 2008, en los que han sido parte: como demandante, “BBVA, Sociedad Anónima”, con la procuradora de los Tribunales doña Montserrat Ruiz Jiménez y con el abogado don Diego Cobo Serrano; como demandados, “Hierros Aranjuez, Sociedad Limitada”, don Evaristo Pérez Hernández y don Bernardo Carretero Soler, en situación de rebeldía procesal.

Se dicta la presente resolución en base a los siguientes,

Fallo

Estimar íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de “BBVA, Sociedad Anónima”, contra “Hierros Aranjuez, Sociedad Limitada”, don Evaristo Pérez Hernández y don Bernardo Carretero Soler, condenando a los demandados a que abonen solidariamente a la actora el importe de 156.663,12 euros, con los intereses legales correspondientes y los moratorios pactados, y con imposición de costas a los demandados.

Notifíquese esta sentencia a las partes, enterándoles de que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en los cinco días a partir del siguiente a su notificación, previo depósito de 50 euros en la cuenta del Juzgado.

Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Concuerda con su original y para que conste y remitir al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente en Aranjuez, a 16 de marzo de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/7.876/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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