Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
23-10-2012

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121023-246

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 BIS

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

246
Demanda 724 de 2012

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 724 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Susana Nieto Hurtado, contra la empresa ­“Dakargas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado decreto, acta de suspensión y diligencia citando, del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por doña Susana Nieto Hurtado, frente a “Dakargas, Sociedad Limitada”, demanda de despido.

2. Se acuerda requerir a la empresa demandada la documental solicitada para que aporte con quince días antes del juicio los documentos indicados en la demanda sin perjuicio del criterio de su señoría la magistrada, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 27 de septiembre de 2012, a las doce y treinta horas.

3. En relación con el interrogatorio de las partes ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.

4. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda, sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandante, que si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistida de la demanda.

A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse indicándoles que, en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos, deberán pedirlo en el plazo de cinco días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos, o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90 de la Ley Reguladora de la ­Jurisdicción Social.

Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este Tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2850 en la entidad bancaria “Banesto”.

Acta de suspensión de juicio

En Móstoles, a 27 de septiembre de 2012.—Ante la ilustrísima señora magistrada de este Juzgado de lo social número 1, doña Sonia López Ramallo, con asistencia de mí, la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado, comparecen; como demandante, doña Susana Nieto Hurtado, con documento nacional de identidad número 11809796-D, asistida del letrado don Alejandro Yruarte Pérez, con documento nacional de identidad número 44.902, y como demandada, “Dakargas, Sociedad Limitada”, no comparece.

Su señoría ilustrísima acuerda la suspensión de los actos de conciliación por falta de citación a la empresa y/o juicios señalados y se señalan nuevamente para el día 12 de noviembre de 2012, a las doce y diez horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación. Citar al Fondo de Garantía Salarial con entrega de copia de demanda, notificar a la empresa en el nuevo domicilio facilitado y por edictos.

Dándose por notificadas las partes, del presente acuerdo, termina esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, después de su señoría ilustrísima, de lo que yo, secretaria, doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, 28 de septiembre de 2012.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 27 de septiembre de 2012 se realizó acta de suspensión de juicio en el Juzgado de lo social número 1-Bis, señalándose por error para el día 12 de noviembre de 2012, que no corresponde Sala a dicho Juzgado por lo que se rectifica el señalamiento, siendo para el día 8 de noviembre de 2012, a las nueve y cincuenta horas, con las manifestaciones y apercibimientos contenidos en el decreto de citación de 6 de junio de 2012. Asimismo, cítese al Fondo de Garantía Salarial con traslado de la demanda y documentación, a fin de que comparezca a la celebración del juicio señalado.

Notifíquese la presente resolución de notificación y citación en forma.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse mediante consignación en la cuenta de consignación de este Juzgado con el número 2850 en la entidad bancaria “Banesto”.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a “Dakargas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 28 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.094/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121023-246