Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
23-10-2012

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121023-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

50
Impuesto actividades económicas 2012

Habiéndose aprobado mediante decreto 598/2012, de 5 de septiembre de 2012, de delegación del Área de Economía y Hacienda la matrícula provisional correspondiente del ejercicio 2012 de la siguiente exacción municipal:

— Matrícula del impuesto sobre actividades económicas.

Se fija el plazo comprendido entre el 18 de septiembre y el 30 de noviembre de 2012, ambos inclusive, para el ingreso en período voluntario de los recibos correspondientes al impuesto sobre actividades económicas.

Este padrón permanecerá expuesto al público en el Departamento de Recaudación, durante el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a efectos de examen y reclamaciones, según el artículo 66.5 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección.

El pago se podrá efectuar, previa presentación del tríptico correspondiente, en las oficinas de las siguientes entidades colaboradoras: “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco Popular”, “Banco Español de Crédito”; “Banco Santander Central Hispano”; “Caja Madrid”, “Caixa Pensión de Barcelona”, “Caja de Ahorros Zaragoza, Aragón y Rioja” “Cajamar”.

Transcurrido este plazo sin hacerse efectivas las deudas, serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del período ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria.

En Algete, a 2 de octubre de 2012.—El concejal-delegado, Cesáreo de la Puebla de Mesa.

(02/7.848/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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