Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
22-10-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121022-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

80
Menor cuantía 203 de 1999

Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio de menor cuantía número 203 de 1999, a instancias de “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Francisco José Abajo Abril, contra “Franquiciador Playland, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad y ante el ignorado domicilio de la demandada, se ha acordado librar el presente a fin de notificar a la misma la sentencia de fecha 14 de febrero de 2000, dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta en nombre de “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a “Franquiciador Playland, Sociedad Limitada”, en la persona de su legal representante, a que, una vez firme la presente resolución, pague a la actora, en la persona de su legal representante, la cantidad de 6.461.811 pesetas, más el interés legal de la citada suma desde el momento de la presentación de la demanda hasta esta resolución y los previstos en el artículo 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde entonces hasta su completo pago, con imposición de costas a la demandada.

Así por esta mi sentencia, que por la rebeldía de la demandada le será notificada en la forma prevista en la Ley de no solicitarse su notificación personal, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la demandada rebelde, cuyo domicilio se ignora, “Franquiciador Playland, Sociedad Limitada” (en la persona de su representante legal), al que se le hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación, que podrá preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 18 de julio de 2005.—La secretaria judicial (firmado).

(02/7.764/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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