Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121022-133
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE GIJÓN NÚMERO 1
EDICTO
Doña Carmen Villar Sevillano, secretaria del Juzgado de lo social número 1 de Gijón.
Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Marta Corbato Palacios, contra Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Hogalia Internacional, Sociedad Limitada”, y “Mutua MC Mutual”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 487 de 2012, se ha acordado citar a “Hogalia Internacional, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 1, situado en la calle Decano Prendes Pando, número 1, el día 10 de diciembre de 2012, a las diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador podrán esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a “Hogalia Internacional, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
En Gijón, a 1 de octubre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/32.917/12)

