Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
19-10-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121019-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

94
Juicio verbal 410 de 2011

En el procedimiento de juicio verbal número 410 de 2011 se ha dictado la sentencia el día 14 de marzo de 2012, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 76

La magistrada-juez, doña María del Carmen Pérez Elena.—En Madrid, a 14 de marzo de 2012.

Por el procurador de los Tribunales, don Alejandro Escudero Delgado, en nombre y representación de la entidad “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad” se formula demanda de juicio verbal contra don Juan Carlos Melus Jiménez, en reclamación de la cantidad de 2.832,98 euros, más intereses y costas del procedimiento.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por el procurador de los Tribunales, don Alejandro Escudero Delgado, en nombre y representación de la entidad “Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, Caja de Ahorros y Monte de Piedad”, contra don Juan Carlos Melus Jiménez, debo condenar a la parte demandada a abonar a la entidad actora la cantidad de 2.832,98 euros, más intereses legales y costas del procedimiento.

Notifíquese esta resolución a las partes, comunicándoles que la misma es firme y frente a ella no cabe interponer recurso alguno conforme a la nueva redacción del artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, al tratarse de un juicio verbal cuya cuantía no supera los 3.000 euros.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Juan Carlos Melus Jiménez, se extiende la presente para que sirva de notificación.

Madrid, a 25 de septiembre de 2012.—El secretario (firmado).

(02/7.834/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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