Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
19-10-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121019-141

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

141
Ejecución 197 de 2012-M

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 197 de 2012-M, seguido a instancias de doña María Victoria Ventosa Martín y don Manuel Carnero Martínez, contra “Cooperativa de Peluqueros de Señoras y Caballeros de Madrid” (COPEM), doña Leonor García Díaz (administración concursal) y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado en fecha 13 de septiembre de 2012 auto y diligencia de ordenación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Ha lugar a despachar la ejecución de la sentencia de 22 de junio de 2012, a instancias de doña María Victoria Ventosa Martín, don Manuel Carnero Martínez, frente a “Cooperativa de Peluqueros de Señoras y Caballeros de Madrid” (COPEM), doña Leonor García Díaz (administración concursal) y Fondo de Garantía Salarial, a los únicos y exclusivos efectos de celebrar la comparecencia prevista en el artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, y en su caso, extinguir la relación laboral existente entre las partes.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días ante este mismo Juzgado.—La magistrada-juez, Elena Burgos Herrera.

No habiéndose extinguido la relación laboral que unía a los actores doña María Victoria Ventosa Martín y don Manuel Carnero Martínez, con la demandada “Cooperativa de Peluqueros de Señoras y Caballeros de Madrid” (COPEM), se acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la Ley de la Jurisdicción Social, oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en la Sala de audiencias de este Juzgado el día 24 de octubre de 2012, a las nueve y cinco horas, que solo versará sobre la inadmisión y la imposibilidad, en su caso, de readmitir al trabajador por cese o cierre de las empresas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Obténgase, a través de la aplicación informática correspondiente, informe de vida laboral de los demandantes, y únase el mismo a los autos.

Notifíquese la presente a las partes por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo ordeno y firmo. Doy fe.—El secretario judicial (firmado).

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cooperativa de Peluqueros de Señoras y Caballeros de Madrid” (COPEM), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/32.752/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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