Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
18-10-2012

Sección 1.4.71.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121018-15

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Trabajo, por la que se requiere el pago de la sanción.

La Dirección General de Trabajo, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24.1 y 25.3 del Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Procedimientos para la Imposición de Sanciones por Infracciones de Orden Social y para los Expedientes Liquidatorios de Cuotas de la Seguridad Social, y en relación con la Ley 57/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, notifica en el expediente que se relaciona a continuación que:

Una vez firme la resolución en vía administrativa, deberá abonar la sanción impuesta dentro de los plazos establecidos en el artículo 62.2 de la Ley 57/2003, de 17 de diciembre, mediante ingreso directo en la cuenta restringida número 6000517084 de “Bankia”, oficina 1183, de la que es titular la Comunidad de Madrid, Dirección General de Trabajo, en la que se deberá hacer constar el número de acta de infracción, el nombre de la empresa y el concepto de sanciones, debiendo remitir justificante acreditativo del ingreso, en un plazo de diez días, a la Sección de “Sanciones” de la Dirección General de Trabajo, con domicilio en la calle Princesa, número 5, planta baja, 28008 Madrid, para su anotación y baja como deudor de la Comunidad de Madrid.

De no abonarse la sanción dentro de dicho período voluntario, se le advierte de que se procederá a su ejecución por vía de apremio, con los recargos correspondientes.

CIF o NIF. — Infractor. — Acta. — Importe

B-45600871. — Construcciones Foirlasa, Sociedad Limitada. — AI: 3830/2011. — 6.000 euros.

Intentada por dos veces la notificación de dicho acto en el domicilio de la destinataria, mediante carta certificada con acuse de recibo, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la precitada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.

Los datos personales recogidos serán incorporados y tratados en el fichero SATA, cuya finalidad es la gestión, control y tramitación de expedientes administrativos sancionadores, y podrán ser cedidos en los casos previstos en la Ley. El responsable del fichero es el órgano que figura en este documento, y ante él podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 24 de septiembre de 2012.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

(01/3.349/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.71.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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