Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
17-10-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121017-98

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

98
Demanda 212 de 2011

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 212 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Díaz Laserna, contra la empresa “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración de sentencia de fecha 10 de septiembre de 2012 del tenor literal siguiente:

Auto

En la ciudad de Madrid, a 10 de septiembre de 2012.

Parte dispositiva:

Que estimando la aclaración solicitada por el letrado don Patricio Griffin Maltese en nombre y representación de la parte actora, don Alfonso Díaz Laserna, y 16 más, resulta forzoso aclarar la resolución en su día dictada en el sentido siguiente:

Donde dice:

“Para don Alfonso Díaz Laserna la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Antonio Germán Carrera la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Antonio Obrero Lozano la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Benito García Jiménez la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Fernando Pérez Gómez la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Francisco José García Moya la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Jesús Núñez Fernández la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don José Luis Muñoz Navarro la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Juan Montero Montoro la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Manuel Silva Pintor la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Mariano Herrera González la suma de 3.395,18 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don David Miguel Jiménez la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Felipe Labrado Campos la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Francisco Javier González del Campo la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Jesús Durán Labrada la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Luis Alberto Caja Santiago la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Nelson Galo Jacome Gonzales la suma de 2.951,52 euros, más el 10 por 100 de mora legal.

Para don Mariano Herrera del Saz la suma de 2.947,42 euros, más el 10 por 100 de mora legal.”

Debe decir:

“Para don Alfonso Díaz Laserna la suma de 11.578,30 euros.

Para don Antonio Germán Carrera la suma de 11.578,30 euros.

Para don Antonio Obrero Lozano la suma de 11.006,86 euros.

Para don Benito García Jiménez la suma de 11.404,89 euros.

Para don Fernando Pérez Gómez la suma de 11.682,91 euros.

Para don Francisco José García Moya la suma de 11.416,33 euros.

Para don Jesús Núñez Fernández la suma de 10.747,46 euros.

Para don José Luis Muñoz Navarro la suma de 11.578,30 euros.

Para don Juan Montero Montoro la suma de 11.578,30 euros.

Para don Manuel Silva Pintor la suma de 11.578,30 euros.

Para don Mariano Herrera González la suma de 10.462,10 euros.

Para don David Miguel Jiménez la suma de 10.462,10 euros.

Para don Felipe Labrado Campos la suma de 10.131,95 euros.

Para don Francisco Javier González del Campo la suma de 11.090,28 euros.

Para don Jesús Durán Labrada la suma de 10.150,75 euros.

Para don Luis Alberto Caja Santiago la suma de 11.090,28 euros.

Para don Nelson Galo Jacome Gonzales la suma de 10.131,95 euros.

Para don Mariano Herrera del Saz la suma de 10.108,16 euros.”

Manteniendo los restantes pronunciamientos de la misma en toda su integridad.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes haciéndolas saber que contra la misma cabe el mismo recurso, que contra la sentencia en su día dictada es decir suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 5 días hábiles.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Industriales Machín Toro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.858/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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