Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
17-10-2012

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121017-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 6

EDICTO

68
Ejecución 669 de 2011

En virtud de lo acordado en los autos de ejecución de títulos judiciales número 669 de 2011, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Severino Pascual Aceves, el auto despachando ejecución, así como el decreto comprensivo de las medidas ejecutivas, dictados en autos de 21 de noviembre de 2011, cuyo tenor literal es el siguiente:

Auto

La magistrada-juez, doña Leticia García Clérigo.—En Madrid, a 21 de noviembre de 2011.

Antecedentes de hecho

Único.—Por el procurador de los tribunales, don José Luis Ferrer Recuero, en nombre y representación de “Prodemsa, Sociedad Anónima”, se ha presentado demanda ejecutiva frente a don Severino Pascual Aceves, en ejecución de sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2009, en el procedimiento ordinario número 1.590 de 2007.

Parte dispositiva

Acuerdo:

Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante, “Prodemsa, Sociedad Anónima”, frente a don Severino Pascual Aceves, parte ejecutada.

Se despacha ejecución por importe de 28.294,81 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 7.691,57 euros que se fijan, provisionalmente, en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará la secretaria judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados, simultáneamente, a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Modo de impugnación: contra esta orden no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Así lo acuerda y firma su señoría la magistrada-juez y la secretaria judicial.—Doy fe.

Decreto

La secretaria judicial, doña María del Carmen Oria Fernández.—En Madrid, a 21 de noviembre de 2011.

Parte dispositiva

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Practicar la averiguación patrimonial del ejecutado don Severino Pascual Aceves, a través de la aplicación informática del Juzgado, dando traslado a la parte para que inste lo que a su derecho convenga.

El presente decreto se notificará en la forma dispuesta en el auto que autoriza la ejecución.

Modo de impugnación: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante este Tribunal.

Así lo acuerdo y firmo.—La secretaria judicial.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Severino Pascual Aceves, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Madrid, a 23 de julio de 2012.—La secretaria (firmado).

(02/7.632/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.135.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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