Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121016-103
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 297 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel Sierra Fernández, contra don Rafael Riobo González y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Sentencia número 282 de 2012
En Madrid, a 6 de septiembre de 2012.—Doña Inmaculada Parrado Caparrós, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 39 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña María Isabel Sierra Fernández, y de otra, como demandados, don Rafael Riobo González y Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:
Fallo
Estimando la demanda formulada por doña María Isabel Sierra Fernández, contra don Rafael Riobo González y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, condenando a la parte demandada a estar y pasar por la anterior declaración con todos los efectos inherentes a la misma y, en consecuencia, a que opte en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia por readmitir a la parte actora en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido o la indemnice en la cantidad de 48.653,64 euros (cuarenta y dos mensualidades), debiéndole abonar, en cualquier caso, los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la de notificación de esta sentencia.
Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta resolución mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Rafael Riobo González, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 6 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/30.500/12)