Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247
Sección 1.4.31.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121016-8
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
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VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Primero
Con fecha 19 de abril se publicó, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la Orden 434/2012, de 13 de marzo, del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas a proyectos juveniles generadores de empleo estable y ayudas a la contratación de jóvenes desempleados, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.
Segundo
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes y conforme a lo dispuesto en los artículos 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 7 de la citada Orden de bases y convocatoria, se procedió a efectuar los requerimientos de documentación a aquellos expedientes en los que se había constatado la ausencia o insuficiencia de documentación, concediéndoles un plazo de diez días hábiles para su subsanación.
Tercero
Transcurrido el citado plazo, y respecto de aquellas solicitudes no subsanadas, la Directora General de Juventud dictó Resoluciones de 12 y 19 de julio, 3, 6, 7, 20 y 30 de agosto de 2012, teniendo por desistidos en su petición a los interesados relacionados en los correspondientes Anexos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Las Resoluciones de la Directora General de Juventud, de 12 y 19 de julio, 3, 6, 7, 20 y 30 de agosto de 2012, adolecen de un vicio de anulabilidad por incompetencia jerárquica, toda vez que el órgano competente para su adopción es el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 10 de la Orden 434/2012, de 13 de marzo.
Segundo
Dado que el artículo 67.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, permite convalidar los actos anulables por el órgano competente cuando sea superior jerárquico del que dictó el acto viciado y encontrándonos ante un supuesto subsumible en el citado precepto, procede convalidar las Resoluciones de la Directora General de Juventud.
Tercero
El ejercicio de las competencias del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno en materia de subvenciones se encuentra delegada, en todas sus fases, en el titular de la Secretaría General Técnica, conforme señala el apartado cuarto de la Orden 1286/2011, de 1 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de agosto de 2011).
Vistos los preceptos legales citados, y demás de general y pertinente aplicación, a propuesta de la Dirección General de Juventud,
DISPONGO
Primero
Convalidar las Resoluciones de la Directora General de Juventud, de 12 y 19 de julio, 3, 6, 7, 20 y 30 de agosto de 2012, teniendo por desistidos a los solicitantes que figuran en el Anexo que se incorpora a la presente Orden.
Segundo
Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno.
Madrid, a 13 de septiembre de 2012.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1286/2011, de 1 de agosto), el Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.
ANEXO
Expediente: 185/1/12.
Solicitante: Don Oleksandr Lavrenyuk.
Acto que se notifica: Orden 1830/2012, de 13 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, de convalidación de la Resolución de 3 de agosto, de la Directora General de Juventud, por la que se declara a la empresa desistida de su petición de ayuda.
Orden reguladora: Orden 434/2012, de 13 de marzo.
Último domicilio: Paseo de los Castellanos, número 55, tercero izquierda, 28025 Madrid.
Expediente: 113/1/12.
Solicitante: Don Mohamed Berrahal.
Acto que se notifica: Orden 1830/2012, de 13 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, de convalidación de la Resolución de 3 de agosto, de la Directora General de Juventud , por la que se declara a la empresa desistida de su petición de ayuda.
Orden reguladora: Orden 434/2012, de 13 de marzo.
Ultimo domicilio: Calle Pío XII, número 1, primero B, 28770 Colmenar Viejo (Madrid).
Expediente: 256/2/12.
Solicitante: “Sasakus, Sociedad Limitada”.
Acto que se notifica: Orden 1830/2012, de 13 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, de convalidación de la Resolución de 7 de agosto, de la Directora General de Juventud, por la que se declara a la empresa desistida de su petición de ayuda.
Orden reguladora: Orden 434/2012, de 13 de marzo.
Ultimo domicilio: Carretera de Andalucía, número 3, 28300 Aranjuez (Madrid).
Expediente: 204/1/12.
Solicitante: Doña Ana Teresa Martí Salas.
Acto que se notifica: Orden 1830/2012, de 13 de septiembre, del Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz del Gobierno, de convalidación de la Resolución de 30 de agosto, de la Directora General de Juventud, por la que se declara a la empresa desistida de su petición de ayuda.
Orden reguladora: Orden 434/2012, de 13 de marzo.
Ultimo domicilio: Calle Los Mineros, número 20, bajo, puerta A, 28025 Madrid.
(03/33.086/12)