Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247
Sección 1.4.71.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121016-13
Páginas: 1
I. COMUNIDAD DE MADRID
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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Desde el Área de Recursos de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación y Empleo se emitió, en relación con el recurso de alzada interpuesto contra la correspondiente Resolución de la Dirección General de Trabajo, que a continuación se indica, requerimiento de subsanación por los que, en virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se solicitaba la subsanación de la falta de acreditación de la representación para entablar recurso, y que a continuación se relaciona:
“BP Solar España, Sociedad Anónima”.
Expediente: 2580/09 (468/12RA).
Representante: Don Emilio Camblor García.
Resolución de 11 de diciembre de 2009.
Fecha requerimiento: 28 de junio de 2012.
Intentada por dos veces la notificación en el domicilio del destinatario, mediante carta certificada acompañada de aviso de recibo, conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, del traslado anteriormente relacionado, no ha sido posible su práctica por causas no imputables a la Administración.
Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente.
Dicha subsanación podrá efectuarse, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en el Registro de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, sito en Gran Vía, número 20, de Madrid, en horario comprendido entre las nueve y las catorce, de lunes a viernes, en cualquier Registro de los órganos administrativos de la Comunidad de Madrid o de la Administración del Estado, o en cualquier otro lugar de los establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, así como por medios electrónicos, en el Registro Telemático de esta Consejería, a través de la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org), siendo necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Lo que se notifica indicando que, de no proceder a la subsanación requerida, se le tendrá por desistido en su petición, previa Resolución que será dictada en los términos del artículo 42 de la reiterada Ley procedimental.
Madrid, 25 de septiembre de 2012.—El Secretario General Técnico, PD (Resolución de 20 de febrero de 2008, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de marzo de 2008), la Subdirectora General de Régimen Jurídico, PA, la Jefa de Área de Recursos, Ana Rosa Marín Blesa.
(03/32.348/12)