Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
12-10-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121012-135

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

135
Demanda 1.251 de 2010

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.251 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcelino Zaballos Martín, contra las empresas “Infantes de Castilla, Sociedad Limitada”, y “Chepiflores, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 250 de 2012

En Madrid, a 12 de julio de 2012.—Vistos por su señoría ilustrísima doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 39 de los de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de reclamación de cantidad, entre las siguientes partes: como demandante, don Marcelino Zaballos Martín, asistido del letrado don David Moya García, y como demandadas, las empresas “Infantes de Castilla, Sociedad Limitada”, y “Chepiflores, Sociedad Limitada Unipersonal”, ha sido citado el Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por don Marcelino Zaballos Martín, frente a la empresa “Infantes de Castilla, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 2.957,07 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, cantidad que deberá ser incrementada con el recargo del 10 por 100 de interés por mora. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber a las partes que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en la forma y plazos previstos en los artículos 192 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Infantes de Castilla, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.190/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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