Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 243
Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121011-76
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE PEZUELA DE LAS TORRES
OTROS ANUNCIOS
Con fecha 25 de abril de 2012 se ha dictado por la Alcaldía de este Ayuntamiento la resolución 147/2012, que a continuación se transcribe, cuya notificación al interesado, “Desarrollos de Estrategias Globales”, no ha podido ser practicada, por lo que se procede a su publicación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
A la vista del informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales, de fecha 8 de mayo de 2012, por el que se concluye que concurre causa de iniciación del procedimiento de imposición de orden de ejecución, y del informe de Secretaría de fecha 19 de junio de 2012, de conformidad el 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, emito la siguiente propuesta de orden de ejecución:
Primero.—Ordenar la realización de las siguientes obras en la plaza de Antonio Ocaña, número 1:
1. El vallado a realizar se deberá situar en la alineación oficial. La normativa de aplicación vigente para los cerramientos de parcelas es el artículo 5.6.14 “Cerramientos exteriores”. Se establece que en las parcelas no edificadas dichos cierres se realizarán con materiales opacos en toda su altura y longitud, siendo su altura máxima de 2,20 metros, y deberá estar enfoscado en su cara exterior de forma que permita la aplicación de pinturas, encalados, etcétera; en este caso, el color de acabado debe ser blanco. Se prohíbe expresamente la incorporación de materiales peligrosos, tales como vidrios rotos, filos, puntas, espinas, etcétera.
La adopción de esta propuesta de orden de ejecución de obras de conservación y de rehabilitación se justifica en los siguientes motivos:
Debido a que el solar no se encuentra cerrado y que no existe ningún elemento que impida el acceso a cualquier persona ajena al mismo, presenta un alto riesgo de que se puedan producir daños a personas que accedan al interior del solar, debido al mal estado de conservación que presentan las fincas colindantes.
Segundo.—Fijar un plazo para la ejecución de las obras de quince días. Siendo el coste estimado de las mismas de 3.000 euros.
Tercero.—Notificar esta propuesta de orden de ejecución al propietario interesado, que tendrá un plazo de quince días para presentar cuantas alegaciones, justificaciones y documentos estime necesarios.
Lo que se pone en su conocimiento a los efectos de los artículos 171.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, y 20.1 del Real Decreto 2187/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística.
Asimismo, se da traslado literal de los informes técnicos para que en el plazo de diez días pueda formular las alegaciones que estime pertinentes y aportar cuantos documentos y justificaciones considere oportunos en defensa de sus derechos.
En Pezuela de las Torres, a 16 de agosto de 2012.—La alcaldesa-presidenta, Elena Fernández Carmona.
(02/7.035/12)

