Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 242

Fecha del Boletín 
10-10-2012

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121010-124

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL DEL SUDESTE DE LA COMUNIDAD DE MADRID (M.I.S.E.C.A.M.)

RÉGIMEN ECONÓMICO

124
Modificación ordenanza fiscal

Habiendo finalizado el plazo de exposición pública establecido en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se eleva a definitivo el acuerdo de modificación del artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos aprobada por el Pleno de la Mancomunidad del 25 de julio de 2012, quedando redactado el citado artículo de la siguiente manera:

“Art. 7. Tarifa.—La tarifa a que se refiere el artículo anterior se estructura en los siguientes epígrafes:

a) Servicios de personal:

— Certificado de trabajo de trabajadores en plantilla: 2 euros.

— Certificado de trabajo de antiguos trabajadores, o que estén en otra situación: 3 euros.

b) Servicios de Secretaría:

— Bastanteo de poderes que haya de sufrir efecto en las oficinas de la Mancomunidad: 3 euros.

— Compuesta de documentos (cada uno): 0,50 euros.

— Certificado de gestión de empresas: 2 euros.

— Otros certificados y documentos varios: 2 euros.

c) Otros:

— Fotocopias:

• Formato DIN A4, cada cara: 0,30 euros.

• Formato DIN A3, cada cara: 0,50 euros.

— Fax:

• Enviar: 1 euro.

• Recibir: 1 euro”.

Contra la presente modificación podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de acuerdo con las normas de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Villarejo de Salvanés, a 21 de septiembre de 2012.—El presidente, Rafael Barcala Gómez.

(03/31.703/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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