Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241
Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121009-218
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
EDICTO
Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.049 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Irina Kastko, don Jorge Mariano Merchán Ruiz, don Miguel Ángel Hidalgo García y don Francisco Javier Martínez Sánchez, contra la empresa “Woman Flay, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado providencia de fecha 21 de junio de 2012, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:
Providencia
Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García.—En Madrid, a 21 de junio de 2012.
Habiendo advertido el juzgador tras la celebración del juicio que de la documentación aportada tanto el domicilio social de la demandada como el centro de trabajo al que están adscritos los demandantes se encuentran en la localidad de Humanes (Madrid), perteneciente a la circunscripción territorial de los Juzgados de lo social de Móstoles (Madrid), y estableciendo el artículo 10.1 de la Ley de Procedimiento Laboral que el fuero competencial por el territorio ordinario es el lugar de prestación de servicios o el domicilio del demandado, podría concurrir causa de incompetencia jurisdiccional por razón territorio de este Juzgado, apreciable incluso de oficio, al no ser cuestión disponible por las partes.
Al efecto, y no habiéndose pronunciado las partes sobre tal excepción, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.3 de la Ley de Procedimiento Laboral procede dar trámite de alegaciones a las partes y al ministerio fiscal para que en término de tres días se pronuncien sobre el extremo indicado. Al ministerio fiscal deberá dársele traslado de copia de la demanda.
Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe interponer recurso alguno ya que se trata de una resolución de puro trámite.
Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Woman Flay, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 5 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
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