Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
09-10-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121009-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

210
Demanda 313 de 2012

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 313 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daouda Traore, contra las empresas “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, y “Axom Media, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente.

Estimo la demanda formulada por don Daouda Traore y condeno a la mercantil “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, a que le abone la suma de 2.936,17 euros de principal. De dicha suma “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, es responsable solidaria y así se la condena hasta 1.840,70 euros. También se las condena solidariamente al abono de 371,08 euros de interés por mora. Absuelvo a la codemandada “Axom Media, Sociedad Limitada” de las pretensiones contra ella deducidas.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Axom Prevención, Sociedad Limitada”, y “Axom Media, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/30.116/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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