Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
09-10-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121009-203

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

203
Ejecución 254 de 2011

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución número 254 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Tamayo de Marcos, contra la empresa “Serpagrú Servicio para Grúas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado por la ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana, el auto de fecha 25 de julio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Antonio Tamayo de Marcos, con la empresa “Serpagrú Servicio para Grúas, Sociedad Limitada”, condenando a este a que abone a aquel las cantidades siguientes:

Nombre del trabajador: don Antonio Tamayo de Marcos.

Indemnización: 20.788,65 euros.

Salarios: 16.112,35 euros (32.886 euros, menos 16.773,65 euros percibidos desde el 14 de octubre de 2010 al 25 de noviembre de 2011).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla (artículo 186 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción social). Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado [2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos)], acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Serpagrú Servicio para Grúas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.244/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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