Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239
Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121006-127
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 265 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro González Sánchez, contra la empresa “Travertino, Sociedad Anónima”, “Depaver, Sociedad Limitada”, “Los Cuatro Ingletes, Sociedad Anónima”, y “Publicaciones Europeas del Arte, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado decreto de insolvencia de fecha 3 de septiembre de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Decreto
Secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 3 de septiembre de 2012.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
Parte dispositiva:
a) Declarar a las ejecutadas “Travertino, Sociedad Anónima”, “Depaver, Sociedad Limitada”, “Los Cuatro Ingletes, Sociedad Anónima”, y “Publicaciones Europeas del Arte, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia parcial por importe de 294.467,38 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
b) Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial una vez sea firme la presente resolución.
c) Expedir mandamiento de devolución a favor de la parte actora por importe de 325,30 euros, bajo apercibimiento de transferencia al Tesoro Público en caso de no hacerse efectivo por la parte en el plazo máximo de diez días a partir de la notificación de la presente resolución.
d) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Depaver, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 3 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/29.948/12)

