Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
05-10-2012

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121005-82

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

82
Avocación delegación competencias

Decreto 527/2012.

Visto que mediante resolución de Alcaldía 488/2012, de 12 de junio, se acordó delegar en la Junta de Gobierno Local las competencias referidas al otorgamiento de licencias urbanísticas.

Considerando que existen razones de operatividad que aconsejan limitar la citada delegación realizada, en uso de las facultades que me confieren los artículos 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la que se aprueba la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre (ROF), y 21.1.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con el informe de Secretaría 14/2012, de 5 de marzo, resuelvo:

Primero.—Avocar la delegación de competencias referida al otorgamiento de licencias urbanísticas realizada mediante resolución de Alcaldía 488/2012, de 12 de junio, con las siguientes excepciones:

La resolución de licencias de obra mayor y de licencias de primera ocupación en el ámbito de la urbanización “Eurovillas”. Comprenderá la resolución de otorgamiento o denegación de licencias, y las resoluciones de archivo de los expedientes. No incluirá la tramitación de los referidos expedientes.

Segundo.—Del presente decreto se dará cuenta al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que este celebre, así como a los miembros de la Junta de Gobierno Local, debiéndose publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo o impugnarlo directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

La interposición del recurso de reposición se efectuará al órgano que dictó el acto en el plazo de un mes, a partir del siguiente de la recepción de la presente notificación, en el cual se entenderá desestimado si en el plazo de un mes no recibe notificación alguna. El recurso contencioso-administrativo podrá interponerse ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la recepción de la presente notificación.

Todo ello sin perjuicio de que puedan ser ejercitados todos aquellos recursos que estime oportunos.

En Nuevo Baztán, a 19 de junio de 2012.—El vicesecretario-interventor (a los solos efectos de fe pública), Felipe Rodríguez Serrano.—El alcalde, Luis del Olmo Flórez.

(03/31.859/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121005-82