Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121004-83
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 33
EDICTO
En el juicio de procedimiento ordinario número 2.135 de 2010, a instancias de Inveuropa 2000 Agrupación Europea de Intereses Económicos AEIE, contra ignorados heredero de doña María Pilar Sacristán Bello, sobre materia civil, se ha dictado sentencia de 16 de julio de 2012, cuyo fallo literal es el siguiente:
Fallo
Estimo íntegramente la demanda planteada por Inveuropa 2000 Agrupación Europea de Intereses Económicos, frente a ignorados herederos de doña María Pilar Sacristán Bello, declaro haber lugar a la misma, y en su virtud resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre la actora y doña María del Pilar Sacristán bello, en fecha 1 de octubre de 2007, sobre la vivienda sita en la calle Palo de Rosa, número 3, bloque 2, piso segundo B, y testeros t-97 y t-98, debiendo los ocupantes de la vivienda de existir alguno en el momento de recuperar la actora la posesión de la vivienda y trasteros estar y pasar por esta resolución, siendo apercibidos que podrán ser lanzados a la fuerza y a su costa. Dado el contenido de la resolución no procede hacer expresa condena en costas.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por resolución de 26 de julio de 2012, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado para llevar a efecto la diligencia de requerimiento de pago al los demandados ignorados herederos de doña María Pilar Sacristán Bello.
En Madrid, a 26 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(02/7.140/12)

