Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
04-10-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121004-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Demanda 758 de 2011

Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 758 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Belén Prieto Vicente, doña Patricia Sastre Lanzas y doña Sara Bujo Cuesta, contra la empresa “Farmacia SOE 2295” y don Francisco Pedro Carmona Iglesias, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 120 de 2012

En Madrid, a 12 de marzo de 2012.—Doña María Majarón de Tena, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 4 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, entre doña Ana Belén Prieto Vicente, doña Patricia Sastre Lanzas y doña Sara Bujo Cuesta, de una parte, como demandantes, y de otra, “Farmacia SOE 2295” y don Francisco Pedro Carmona Iglesias, como demandados, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Ana Belén Prieto Vicente, doña Patricia Sastre Lanzas y doña Sara Bujo Cuesta, contra “Farmacia SOE 2295” y don Francisco Pedro Carmona Iglesias, como demandados, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados que abonen a las actoras la cantidad de 7.700,08 euros a doña Ana Belén Prieto Vicente, 7.914,42 euros a doña Patricia Sastre Lanzas y 1.800 euros a doña Sara Bujo Cuesta, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no podrá interponer recurso de suplicación.

Expídase testimonio de esta resolución, que quedará unido al presente procedimiento, llevando el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma don Francisco Pedro Carmona Iglesias, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de septiembre de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.645/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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