Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
04-10-2012

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121004-215

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

215
Demanda 112 de 2012

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 112 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Antonio Rubio Mijarra, contra la empresa “Instalaciones y Montajes Generales Alber 2000, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el siguiente auto de aclaración de sentencia:

Auto

En Madrid, a 26 de julio de 2012.

Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla tanto en el encabezamiento y hecho probado primero, como en el fallo, en el sentido que a continuación se dice.

Donde dice: «la empresa “Instalaciones y Montajes Alber 2000, Sociedad Limitada”»; debe decir: “la empresa “Instalaciones y Montajes Generales Alber 2000, Sociedad Limitada”».

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, María Luz Rico Recondo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Instalaciones y Montajes Generales Alber 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.644/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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