Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121004-169
Páginas: 1
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 223 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Romero de la Osa Pérez, contra la empresa “Urtajo, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
Se acuerda:
a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen:
Finca número 1.066 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 205, inscripción primera.
Finca número 1.067 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 207, inscripción primera.
Finca número 1.068 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 209, inscripción primera.
Finca número 1.069 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 211, inscripción primera.
Finca número 1.070 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 213, inscripción primera.
Finca número 1.071 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 215, inscripción primera.
Finca número 1.072 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 217, inscripción primera.
Finca número 1.073 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 219, inscripción primera.
Finca número 1.074 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 221, inscripción primera.
Finca número 1.075 de Barcience, asiento en el tomo 2.514, libro 19, folio 223, inscripción primera.
Todas ellas propiedad al 100 por 100 en pleno dominio de “Urtajo, Sociedad Anónima”, para responder de la cantidad de 26.523,15 euros de principal, más 1.591,38 euros para intereses y 2.652,31 euros para costas, en ambos casos provisionales, para este procedimiento seguido a instancias de doña Elena Romero de la Osa Pérez, contra “Urtajo, Sociedad Anónima”.
b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Urtajo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 31 de julio de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/29.473/12)

