Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2012

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121001-29

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2012, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo relativo al Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, promovido por Canal de Isabel II (Ac. 100/12).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 26 de julio de 2012, examinó el expediente relativo a la Modificación del Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, promovido por Canal de Isabel II.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 9 de julio de 2012, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó el Acuerdo que a continuación se hace público mediante la presente Resolución, una vez cumplimentado, con fecha 26 de septiembre de 2012, el trámite de publicación en uno de los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el citado Acuerdo de la Comisión de Urbanismo:

«Primero

Aprobar inicialmente la Modificación del Plan Especial de Infraestructuras del Plan Director de “Suministro de agua de riego con agua reutilizable”, en el término municipal de Rivas-Vaciamadrid, promovido por Canal de Isabel II, sin perjuicio del contenido de los informes que emitan los organismos afectados en el período de audiencia, señalando expresamente que el documento que se vaya a aprobar definitivamente deberá recoger con carácter previo, los condicionantes que establezcan los mismos y los costes de ejecución de los tratamientos medioambientales y restauración del medio en el estudio económico-financiero.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero

Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes para su emisión, a los siguientes organismos afectados:

— Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General del Medio Ambiente (Área de Vías Pecuarias de la Subdirección General de Recursos Agrarios). Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Patrimonio Histórico. Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

— Dirección General de Carreteras. Ministerio de Fomento.

Cuarto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes».

Lo que se hace público para general conocimiento significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, dicho expediente podrá ser consultado, por un período de un mes, en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, y en www.madrid.org, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones, mediante escrito dirigido a la Presidenta de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 26 de septiembre de 2012.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/3.209/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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