Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2012

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121001-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

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ORDEN de 26 de septiembre de 2012, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 24.050.000,00 euros.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 8 de junio de 2012, autorizó a la Comunidad de Madrid a realizar operaciones de préstamos en el exterior y emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 1.417.688.656 euros, equivalente al 0,75 por 100 del PIB regional, conforme al apartado 3 del Acuerdo 8/2012, de 6 de marzo, del Consejo de Política Fiscal y Financiera.

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, acordó el 10 de mayo de 2012, disponer la realización de varios préstamos a largo plazo en moneda nacional y otras operaciones financieras a largo plazo, una vez obtenida la preceptiva autorización del Consejo de Ministros, hasta importe máximo de 2.835.377.312,84 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 37 de la Ley 5/2011, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2012.

En virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno citado y dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública se considera conveniente que la Comunidad de Madrid ponga en oferta un nuevo tramo de la emisión de obligaciones por un importe de 24.050.000,00 euros con un plazo de vida residual de cerca de 1,09 años al 4,49 por 100, con vencimiento el 6 de noviembre de 2013 (ISIN ES 0000101222), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 30 de octubre de 2003, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de noviembre de 2003), al objeto de incrementar la liquidez de la emisión y de atender con esta reapertura la demanda de los inversores de valores a dicho plazo.

El importe obtenido a través de la mencionada ampliación, no excede del importe susceptible de ser financiado de conformidad con lo autorizado por el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de mayo de 2012, ni el límite establecido por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 8 de junio de 2012.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 38.5 de la citada Ley 5/2011, de 23 de diciembre.

DISPONGO

Primero

Realizar un nuevo tramo de emisión de Deuda Pública de la Comunidad de Madrid por un importe de 24.050.000,00 euros de la emisión de obligaciones con un plazo de vida residual de cerca de 1,09 años al 4,49 por 100, con vencimiento el 6 de noviembre de 2013 (ISIN ES0000101222), cuyas condiciones se fijaron por Orden de 30 de octubre de 2003 del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de noviembre de 2003), con las siguientes características:

Importe: 24.050.000,00 euros.

Fecha de emisión y desembolso del nuevo tramo: 4 de octubre de 2012.

Cupón corrido: 4,085164 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 982.481,94 euros.

Precio de emisión excluyendo el cupón corrido: 99,451 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 23.917.965,50 euros.

Precio incluyendo cupón corrido: 103,536164 por 100 sobre el importe nominal de la emisión, que equivale a 24.900.447,44 euros.

Suscripción: El importe total de la emisión se adjudicará a la entidad suscriptora.

Segunda

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el Director General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, la firma del contrato de suscripción de la emisión, y la firma de la aprobación de los documentos contables del presupuesto de gastos necesarios para el abono de los gastos financieros de la emisión.

Tercera

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 26 de septiembre de 2012.

El Consejero de Economía y Hacienda, PERCIVAL MANGLANO ALBACAR

(03/31.804/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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