Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2012

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121001-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 60

EDICTO

76
Procedimiento 2.141 de 2009

Doña Ángela María Guerrero Rabadán, secretaria del Juzgado de primera instancia número 60.

Certifico: Que en el procedimiento ordinario número 2.141 de 2009 que se sigue en este Juzgado se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal dice:

Sentencia número 35 de 2012

En Madrid, a 15 de febrero de 2012.—Doña Inmaculada Vacas Hermida, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 60 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 2.141 de 2009, seguidos ante este Juzgado entre partes, de una, como demandante, doña María Encarnación del Barrio Fuentes, con procuradora, doña María Elvira Encinas Lorente, y letrado, don Juan Miguel Martín Esteban, y, de otra, como demandado, don Artur Avagyan, sobre procedimiento ordinario.

Fallo

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda planteada por la procuradora señora Encinas Lorente, en representación de doña María Encarnación del Barrio Fuentes, frente a don Arturo Avagyan, y condenar al demandado a pagar a la actora la cantidad de 4.350 euros y al pago de las costas del juicio.

Modo de impugnación: notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles de que no es firme, pudiendo interponer contra ella, dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de la presente, ante este Juzgado y la Audiencia Provincial de Madrid recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación y citación a los herederos desconocidos de don Artur Avagyan se expide la presente.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/29.999/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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