Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 228
Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120924-31
Páginas: 2
I. COMUNIDAD DE MADRID
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CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Por medio del presente anuncio se notifica a Neculai Tabarac, con domicilio en la plaza Hermanos Ramón Quiroga, número 8, 28342 Valdemoro (Madrid), y como lugar señalado para la notificación por correo certificado calle Eloy Gonzalo, número 12, de Valdemoro (Madrid), el oficio emitido el 21 de agosto de 2012 por la Subdirección General de Economía de la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, sobre requerimiento para la presentación de documentación en relación con la solicitud de compensación fiscal de determinadas tasas municipales vinculadas al inicio de actividades profesionales o empresariales, según Acuerdo de 24 de mayo de 2012, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, con el siguiente tenor literal:
Vista la solicitud de participación en la convocatoria de ayudas realizada por Neculai Taburac, destinada a la compensación de tasas municipales y a efectos de lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, deberá presentar los documentos que se indican a continuación y por los motivos que se exponen:
— Tras haber realizado consulta previa autorización del solicitante, como así lo manifiesta en el escrito de solicitud de la compensación fiscal de determinadas tasas municipales por la Comunidad de Madrid: Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social a efectos de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, o autorización escrita para que la Comunidad de Madrid pueda recabarlo de esta, el solicitante resulta no estar al corriente de pago de sus obligaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
— Se informa también que, de acuerdo con los datos obrantes en la Recaudación de la Comunidad de Madrid, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.5 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, según la redacción dada a este artículo por la Ley 24/1999, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, el solicitante de la compensación de la tasa no se encuentra al día en sus obligaciones tributarias con la Comunidad de Madrid, teniendo deudas en período ejecutivo.
Por tanto, dichas deficiencias deberán subsanarse y aportar la documentación pertinente dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de este requerimiento, en el Registro de la Consejería de Economía y Hacienda, en calle Príncipe de Vergara, número 132, primera planta, 28002 Madrid, o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En caso de no presentar la totalidad de la documentación requerida dentro del plazo anteriormente indicado, se le tendrá por desistido de su petición, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Si lo estima oportuno, puede manifestar su disconformidad con los datos obtenidos en el mismo ante los órganos competentes, debiendo aportar una copia de la solicitud presentado ante dicho organismo para la modificación del contenido del certificado, adjuntando los elementos de prueba pertinentes para acreditar dicha solicitud.
Lo que se notifica conforme a lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 3 de enero, toda vez que no ha podido practicarse la notificación del oficio mencionado.
Madrid, a 4 de septiembre de 2012.—El Jefe de Área de Estudios, Carlos Casado Valera.
(03/29.981/12)

