Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226
Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120921-79
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña Rosa María Pérez Garrudo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.240 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo César Cruces Rojas, contra la empresa “Take Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el decreto siguiente:
Parte dispositiva:
Acuerdo:
1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Pablo César Cruces Rojas frente a “Take Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, que se sustanciará por las reglas de ordinario.
2. Cítese a las partes, con traslado de la demanda y la documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 4 de febrero de 2013, a las diez y veinte horas.
En la cédula de citación a las partes se consignarán las siguientes advertencias y apercibimientos:
A la parte demandante: que si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda.
A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado, lo hará constar en la demanda. Asimismo, el demandado pondrá esta circunstancia en conocimiento del Juzgado o Tribunal por escrito dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado por procurador o graduado social colegiado, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado. Si no asistiere a la vista y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistido de la demanda.
A ambas partes: que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.
Se indicará también a las partes que, en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos, deberán pedirlo con al menos diez días de antelación a la fecha del juicio, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedores de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.
Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y, si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
a) Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2505, en la entidad bancaria “Banesto”, calle Princesa, número 3.
b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1846 42 0005001274, indicando el número c/c 2505, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Take Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 29 de agosto de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/29.565/12)

