Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
19-09-2012

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120919-26

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

26
Modificación ordenanza fiscal reguladora precios públicos

Con fecha 29 de agosto de 2012, en sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local, ha sido aprobada la “Modificación del anexo I de la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la prestación de servicios y realización de actividades en las instalaciones deportivas y de recreo municipales”, afectando a los siguientes puntos:

1. Condición de abonado:

— Abonado anual, hasta dieciséis años (inclusive): 16 euros.

— Abonado anual, de diecisiete a sesenta y cuatro años (inclusive): 21 euros.

— Abonado anual de sesenta y cinco años en adelante: 13 euros.

Incluido el seguro de accidentes anual (11 euros), excepto los inscritos en ADS.

2. Alquiler de instalaciones deportivas (sin modificación).

3. Actividades programadas:

Se añade nuevo precio público:

— Actividades mensuales desde sesenta y cinco años en adelante (2 horas/semana):

l Abonados: 4 euros.

l No abonados: 8 euros.

4. Escuela o campamentos deportivos de verano:

— Cuota quincenal:

l Abonados: 40 euros.

l No abonados: 65 euros.

Incluido el seguro deportivo de la actividad por importe de 5 euros.

5. Torneos de verano. Tarifa única:

Las cuotas de torneos de verano se incrementan 5 euros por participante (abonados y no abonados), en concepto de seguro deportivo, excepto en fútbol, fútbol 7 y fútbol sala, que será el que determine la compañía de seguros previamente a la inscripción (por jugador o por equipo).

La presente modificación entrará en vigor al día siguiente al de su publicación.

Cercedilla, a 4 de septiembre de 2012.—El alcalde, Francisco Javier de Pablo.

(03/29.154/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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