Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223

Fecha del Boletín 
18-09-2012

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120918-80

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

OFERTAS DE EMPLEO

80
Convocatoria puesto asesoría jurídica

Convocatoria para proveer el puesto de titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes por el procedimiento de Libre Designación.

Primera. Objeto de la convocatoria.—1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión por el sistema de Libre Designación del puesto de titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes (Madrid), encuadrada en el grupo A, subgrupo A1, en la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 31 de julio de 2012, en aplicación del título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

1.2. Al titular de este puesto le corresponde el desempeño de las funciones descritas en el artículo 129.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Las características del puesto son:

— Denominación: titular de la Asesoría Jurídica.

— Grupo: A1.

— Nivel complemento de destino: 30.

— Complemento específico: 39.741,80 euros.

— Adscripción: Alcaldía.

— Centro: Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

— Localidad y provincia: San Sebastián de los Reyes (Madrid).

— Adscripción: TAG/TAE, grupo A, subgrupo A1.

Las presentes bases se regirán en el proceso de selección del personal directivo que a continuación se señala, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y a lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.—Para tomar parte en la convocatoria será necesario:

a) Estar en posesión del título de licenciado en Derecho.

b) Ostentar la condición de funcionario de Administración local con habilitación nacional, o bien funcionario de carrera del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, a los que se exija para su ingreso el título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente.

Tercera. Publicidad.—Las presentes bases se publicarán íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y un extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Cuarta. Plazo y presentación de solicitudes.—3.1. Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se dirigirán al alcalde-presidente, haciendo constar en ellas que se reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.

Dichas instancias deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento. Podrán presentarse también por correo en la forma determinada por el procedimiento administrativo.

A las solicitudes deberá acompañarse currículum vítae, en el que constarán, debidamente acreditados, los años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración pública, experiencia profesional y proyectos, títulos académicos, así como los estudios y cursos de formación realizados en relación con las características y funciones del puesto.

3.2. El plazo de presentación de instancias será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.

Quinta. Nombramiento, toma de posesión y cese.—En el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la Junta de Gobierno Local será, previa propuesta del alcalde-presidente, el órgano competente para efectuar el nombramiento.

El acuerdo de nombramiento se motivará con referencia al cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos exigidos y de la competencia para proceder al mismo.

La toma de posesión se realizarán conforme a lo determinado en los artículos 48, 56 y 57 del Real Decreto 364/1995 (Reglamento General de Ingreso). En cuanto al cese, y según lo regulado en el artículo 58 del citado Reglamento, los funcionarios designados por Libre Designación podrán ser cesados con carácter discrecional, conteniendo la resolución como motivación la competencia para adoptarla.

San Sebastián de los Reyes, a 11 de septiembre de 2012.—El alcalde-presidente, Manuel Ángel Fernández Mateo.

(03/30.009/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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