Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120918-119
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE TOLEDO NÚMERO 2
EDICTO
Doña Vicenta García Saavedra Bastazo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Toledo.
Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 141 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rosendo Cambeses Rodríguez, contra la empresa “Comercial Vildur, Sociedad Anónima”, Fondo de Garantía Salarial, “Nimaro One Madrid, Sociedad Limitada”, y “Confosur Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Parte dispositiva:
Dispongo: Acumular a los presentes autos los que se tramitan en el Juzgado de lo social número 28 de Madrid con el número 329 de 2012. Se tiene por ampliada la demanda contra las empresas “Nimaro One Madrid, Sociedad Limitada”, y “Confosur Madrid, Sociedad Limitada”, y se acuerda señalar nuevamente la vista para el día 9 de enero de 2013, a las trece horas.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la Jurisdicción Social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante este órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación a juicio del recurrente, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2 abierta en “Banesto”, cuenta número 4321000069 y seguido del número de autos, debiendo indicar en el campo concepto “Recurso”, seguida del código “30 Social-Reposición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código “30 Social-Reposición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
Así lo manda y firma su señoría ilustrísima.—Doy fe.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Comercial Vildur, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Toledo, a 20 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/29.145/12)

