Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120918-94
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 51
EDICTO
Doña Eva María de la Gala González, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid.
Hago saber: Que en este Juzgado y bajo el número 1.573 de 2007, se han seguido autos de ordinario a instancias de doña Laura Bande González, en nombre y representación de don José Ramón Castelló Mayo, contra don Alejandro Gómez-Pantoja García de Vinuesa, don Francisco Gutiérrez Morales y “Acción e Ingeniería de la Construcción, Sociedad Limitada”, en los que ha recaído sentencia de cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Fallo
En Madrid, a 15 de febrero de 2012.—Doña H. Almudena Maricalva Arranz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 51 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 1.573 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don José Ramón Castelló Mayo, representado por la procuradora doña Laura Bande González, y de otra como demandados, don Alejandro Gómez-Pantoja García de Vinuesa, don Francisco Gutiérrez Morales y “Acción e Ingeniería de Construcción, Sociedad Limitada”, con procuradores, don José Pedro Vila Rodríguez y don Ignacio Argos Linares, sin profesional asignado, sobre obligación de hacer y reclamación de cantidad.
Estimando la demanda formulada pro la procuradora de los tribunales, doña Laura Bande González, en nombre y representación de don José Ramón Castelló Mayo, contra la mercantil “Acción e Ingeniería de Construcción, Sociedad Limitada” y don Francisco Gutiérrez Morales, debo condenar y condeno a dichos demandados a que realicen las unidades de obra recogidas en el informe pericial obrante en autos, aportado por la actora (sin perjuicio de las medidas que en su caso finalmente resulten), incluyendo la obtención, a su costa de los permisos y/o licencias necesarios para su acometimiento.
Y para que sirva de notificación en forma a la demandada “Acción e Ingeniería de Construcción, Sociedad Limitada”, en paradero desconocido, expido el presente para que sirva de cédula de notificación, fijándose, en el tablón de anuncio de este Juzgado por plazo de veinte días.
En Madrid, a 26 de junio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(02/6.270/12)

