Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 223
Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120918-78
Páginas: 3
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Habiéndose aprobado inicialmente, en sesión plenaria de fecha 11 de julio de 2012, el acuerdo de modificación de la ordenanza número 1, reguladora de los precios públicos por prestación de servicios, epígrafe G), “Utilización de piscinas e instalaciones deportivas”, y sin que durante el plazo de exposición pública del acuerdo de la modificación se haya presentado reclamación alguna contra la misma, de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional
El texto integro de la modificación efectuada es el siguiente:
ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Epígrafe G) Utilización de Piscinas e Instalaciones Deportivas:
a) Tarifas (se modifican los apartados 2, 3, 4, 5 y 6:
2. Polideportivo Municipal:
2.1. Cuota de inscripción: 20 euros.
3. Pabellón cubierto:
3.1. Pista grande (1 hora): 47,15 euros.
3.2. Pista grande (partido): 52,45 euros.
3.3. Pista transversal (1 hora): 33,15 euros.
3.4. Suplemento iluminación: 5 euros.
4. Campo de fútbol:
4.1. Una hora: 103,50 euros.
4.2. Partido: 129,85 euros.
4.3. Partido + taquilla: 259,70 euros.
4.4. Campo F7 (1 hora): 55,45 euros.
4.5. Suplemento iluminación: 5 euros.
5. Sala uso múltiple:
5.1. Sala 1 hora: 28 euros.
5.2. Sala 1 hora + luz: 32,40 euros.
No empadronados: 20 por 100 de incremento sobre las tarifas propuestas para las clases antes indicadas.
8.2. Alquileres de pistas de tenis y pádel: solo podrá alquilarse por horas completas, no existiendo fracciones de tiempo.
— Pista de tenis: 5,50 euros.
— Pista de pádel hormigón: 5,75 euros.
— Pista de pádel metacrilato: 7,50 euros.
— Suplemento de luz: 3,10 euros.
No empadronados: 40 por 100 de incremento sobre las tarifas propuestas de alquiler antes indicadas salvo suplemento de luz.
Se introduce el siguiente apartado número 9:
9. Alquileres clubes:
9.1. Pabellón cubierto (una hora y media): 14,15 euros.
9.2. Campo fútbol (una hora y media ): 31,00 euros.
9.3. Campo fútbol 7 (una hora y media): 16,60 euros.
9.4. Sala (una hora y media): 8,50 euros.
Los alquileres para clubes se establecen para aquellos clubes deportivos locales debidamente inscritos en el Registro de Entidades Locales del Ayuntamiento de San Martín de la Vega y que además colaboren con las Escuelas Deportivas Municipales durante el año de la actividad como requisito indispensable para la aplicación de estas tarifas reducidas.
Se suprime el apartado b) del epígrafe G).
Se modifica el apartado c), que queda redactado:
c) Los jubilados y minusválidos justificarán su situación mediante la documentación acreditativa de la Seguridad Social y del Inserso. Asimismo, se determina la gratuidad de las actividades deportivas y de la piscina para los discapacitados dependientes y acompañante.
Se modifica el apartado e), que queda redactado:
e) Los sujetos pasivos empadronados miembros de familia numerosa deberán acreditar esta circunstancia en cada solicitud con la correspondiente cartilla de familia numerosa expedida por la Comunidad de Madrid y el volante de empadronamiento. Para la piscina al aire libre, el precio del bono de 20 baños se establece en 26,60 euros para cada miembro de la familia numerosa (adulto o infantil) empadronado. Los bonos caducarán con la temporada (primer domingo de septiembre, ultimo día).
Se modifica el apartado f.1), que queda redactado:
f.1.) Se entenderá por alquiler de temporada el alquiler de instalaciones deportivas que se desarrollen durante al menos un semestre y como máximo del 15 de septiembre al 15 de julio. Los usuarios empadronados, que así lo soliciten, gozarán de una reducción del 20 por 100 de las tarifas indicadas en los puntos 3, 4 y 5 con o sin iluminación, según corresponda.
Contra este acuerdo definitivo, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.
San Martín de la Vega, a 5 de septiembre de 2012.—La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.
(03/29.133/12)

