Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 220
Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120914-35
Páginas: 1
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
Por el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 1 de junio de 2012, se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana. Durante el plazo de exposición al público de la citada ordenanza, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 155, de 30 de junio de 2012, plazo que comenzó el día 1 de julio de 2012 y finalizó el día 6 de agosto de 2012, no ha sido presentada ninguna reclamación contra la misma. En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17, apartado 4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada ordenanza fiscal mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES DE NATURALEZA URBANA
Artículo 2.1. El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicable a los bienes de naturaleza urbana queda fijado en el 0,60 por 100.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana entrará en vigor el día de su publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a aplicarse el día 1 de enero de 2013, permaneciendo vigente hasta que se acuerde su modificación o derogación expresas.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 19, apartado 1, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se procede a la publicación del texto íntegro de la citada ordenanza mediante inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contecioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Becerril de la Sierra, a 8 de agosto de 2012.—El alcalde, José Conesa López.
(02/6.702/12)

