Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
13-09-2012

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120913-11

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

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Orden 9672/2012, de 20 de agosto, por la que se autoriza la implantación de titulaciones oficiales de Grado en las Universidades de la Comunidad de Madrid.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. En su artículo 3.3, señala que tales enseñanzas se concretarán en planes de estudios que serán elaborados por las universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados en su implantación por la correspondiente Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril.

Asimismo, la disposición adicional primera del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, establece que la implantación por las universidades de los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos de Grado podrá realizarse de manera simultánea, para uno o varios cursos, o progresiva, de acuerdo con la temporalidad prevista.

De conformidad con dichos artículos, las universidades de la Comunidad de Madrid han remitido las propuestas de implantación de nuevas enseñanzas oficiales de Grado para el curso 2012-2013, que a fecha 30 de junio han obtenido una resolución de verificación favorable y que esta Comunidad de Madrid procede a autorizar mediante la presente Orden, tal y como se acordó en la reunión del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid celebrada el 4 de junio.

Por otro lado, las universidades de Alcalá, Camilo José Cela y Complutense de Madrid solicitan la implantación simultánea de titulaciones oficiales de Grado que fueron autorizadas curso a curso mediante Orden de esta Consejería. Con esta propuesta se intenta satisfacer la demanda de alumnos que actualmente cursan enseñanzas anteriores a la reforma introducida por el Real Decreto 1393/2007 y desean acceder a los nuevos Grados que las sustituyen.

Asimismo, la Universidad Camilo José Cela solicita la implantación simultánea de los cursos 1.o y 2.o del Grado en Diseño Visual de Contenidos Digitales en el Centro Universitario de Tecnología y Arte Digital (U-Tad), adscrito a la Universidad, que fue autorizado curso a curso mediante Orden de esta Consejería. Esta propuesta ha sido informada favorablemente por la ANECA.

Por último, la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) solicita la extinción del Grado en Turismo, al solicitar la implantación del Grado en Empresas y Actividades Turísticas para el próximo curso académico, una vez verificado favorablemente por la ANECA.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 149/2011, de 28 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, a propuesta de la Dirección General de Universidades e Investigación,

DISPONGO

Primero

Autorizar la implantación en las universidades de la Comunidad de Madrid, a partir del curso académico 2012-2013, de las titulaciones oficiales de Grado que se relacionan en el Anexo I, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, de acuerdo con el calendario de implantación que se especifica en cada caso.

Segundo

Autorizar, a propuesta de las universidades correspondientes, la implantación simultánea de las titulaciones oficiales de Grado que fueron autorizadas curso a curso, de acuerdo con el calendario de implantación que se especifica en el Anexo II.

Tercero

Se acuerda la supresión a propuesta de la Universidad a Distancia de Madrid, del Grado en Turismo (código de Registro de Universidades, Centros y Títulos [RUCT] número 2500198), autorizado mediante Decreto 131/2008, de 31 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de agosto).

Las Universidad a Distancia de Madrid deberá garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen para los estudiantes que las hubieran iniciado, hasta su finalización.

Cuarto

Se modifica el párrafo segundo de la disposición primera de la Orden 6148/2012, de 25 de mayo, por la que se autoriza la puesta en funcionamiento del Centro Universitario de Tecnología y Arte Digital (U-Tad), adscrito a la Universidad Camilo José Cela, que quedará redactada como sigue:

“La implantación de las citadas enseñanzas tendrá lugar en el curso 2012-2013 y se hará de forma progresiva, curso a curso, excepto para el Grado en Diseño Visual de Contenidos Digitales que se implantará de forma simultánea 1.o y 2.o”.

Quinto

Las universidades de la Comunidad de Madrid implantarán las titulaciones con los recursos humanos y materiales adecuados a su impartición de conformidad con las memorias presentadas. Las universidades públicas contarán para ello con los recursos procedentes de los precios públicos establecidos para las enseñanzas universitarias oficiales, los ingresos procedentes del sistema de financiación de las universidades de la Comunidad de Madrid ya aprobado y el resto de los recursos con que cuente la Universidad.

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación y Empleo en el plazo de un mes a partir de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Madrid, a 20 de agosto de 2012.—La Consejera de Educación y Empleo, PDF (Orden 9064/2012, de 27 de julio), el Secretario General Técnico, Manuel Pérez Gómez.





(03/28.922/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.75.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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