Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2012

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120906-77

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE LEÓN NÚMERO 1

EDICTO

77
Despido 535 de 2012

Doña Yolanda Infante Ortiz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de León.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 535 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Villacorta Lorenzo, contra la empresa “Dragados, Sociedad Anónima”, y ministerio fiscal, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 20 de junio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara la incompetencia territorial de este Juzgado de lo social número 1 de León para conocer del presente asunto, previniendo a las partes que pueden usar de su derecho ante los Juzgados de lo social de Ponferrada (León) o de Madrid, que se estiman competentes para conocer de las pretensiones de la parte actora; una vez firme la presente resolución, archívense estas actuaciones, en el lugar que por turno corresponda, tomando las anotaciones correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 186 y 187 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, cabe interponer recurso de reposición, mediante escrito dirigido a este Juzgado de lo social, y presentado en el Servicio Común Procesal correspondiente de la oficina judicial, en el plazo de tres días hábiles, siguientes al de su notificación, expresándose la infracción en la que la resolución incurrido a juicio del recurrente; sin perjuicio del cual se llevará a efecto lo acordado.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dada por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la implantación de la Nueva Oficina Judicial (“Boletín Oficial del Estado” 4 de noviembre de 2009), el recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá consignar como depósito la cantidad de 25 euros, en la cuenta de este Juzgado de lo social abierta en el Banco Español de Crédito (“Banesto”), con número 0030/6032/ 2130/0000/66/0535/12, titulada “Cuenta de depósitos y consignaciones”, debiendo hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso; con apercibimiento de que si se infringe el deber de consignar, no se admitirá a trámite dicho recurso, sin perjuicio de las posibilidades de subsanación establecidas en el párrafo segundo del apartado 7 de la citada nueva disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de acuerdo con dicha norma, el ministerio fiscal también está excluido de constituir el expresado depósito.

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Jaime de Lamo Rubio, magistrado-juez titular del Juzgado de lo social número 1 de León.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Empresa Dragados, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En León, a 31 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.246/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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