Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2012

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120906-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PARLA

URBANISMO

47
Requerimiento propietario del edificio calle Real, número 11

Resolución de la concejala-delegada del Área de Presidencia, Urbanismo, Nuevas Tecnologías, Desarrollo Empresarial y Políticas Transversales del Ayuntamiento de Parla, por la que se requiere a la propiedad del edificio de la finca sita en el número 11, de la calle Real, de Parla, don Miguel Bello Fernández para que adopte las medidas necesarias encaminadas a garantizar la seguridad de las personas y bienes.

Habiéndose intentado sin efecto la notificación en el domicilio del interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio.

Se requiere a la propiedad del edificio de la finca sita en el número 11 de la calle Real, de Parla, para que, en el plazo máximo de treinta días, presente en este Ayuntamiento informe-certificado sobre el estado de la edificación (inspección técnica del edificio), firmado por técnico competente, expresando las medidas a tomar para estabilizar el desplome o presentar un Proyecto de Derribo con su Plan de Gestión de Residuos.

Se advierte a la propiedad que en el supuesto de incurrir en desobediencia a este requerimiento será sancionado con la multa a que hubiera lugar pudiendo acudirse a la ejecución sustitutoria según la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Todo ello con independencia de las medidas previstas en los artículos 201 y siguientes de la citada Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Deberán adoptarse por la propiedad las medidas necesarias encaminadas a garantizar la seguridad de las personas y bienes, advirtiéndose que será de su exclusiva responsabilidad cualquier accidente o daños a las personas o bienes que pudiera producirse por causa del incumplimiento de este requerimiento.

Parla, a 17 de agosto de 2012.—La concejala-delegada del Área de Presidencia, Urbanismo, Nuevas Tecnologías, Desarrollo Empresarial y Políticas Transversales, María José López Bandera.

(02/6.896/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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