Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
06-09-2012

Sección 1.1.90.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120906-12

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE SANIDAD

12
ACUERDO de 12 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid y se fija la cuantía del precio público por prestación del servicio de análisis de muestras por el Laboratorio Regional de Salud Pública de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precio público deben recogerse en el Catálogo aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno.

Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 23 de julio de 1998, se establece el Catálogo actualizado de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En su Anexo I, apartado E), se recogen servicios y actividades prestados por la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales que pueden ser retribuidos mediante precios públicos, donde se detallan tres subapartados.

Considerando que el Laboratorio Regional de Salud Pública de la Comunidad de Madrid recibe solicitudes de otras Administraciones o de particulares para llevar a cabo determinaciones analíticas adicionalmente a su cometido primordial de análisis de muestras de control oficial y teniendo en cuenta que la realización de estos servicios lleva aparejada un coste, debe establecerse un precio público como contraprestación pecuniaria para retribuir y garantizar la viabilidad de la prestación de este servicio.

En su virtud, en uso de las facultades recogidas en el artículo 21.z) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta de la Consejería de Sanidad, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de julio,

ACUERDA

Primero

Modificar el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid mediante la inclusión en el apartado E) del Anexo I de un nuevo epígrafe, E.04, con el siguiente tenor literal:

“E.04. Prestación del servicio de análisis de muestras por el Laboratorio Regional de Salud Pública de la Comunidad de Madrid:

E.04.1. Determinación de parámetros microbiológicos.

E.04.2. Determinación de parámetros parasitológicos.

E.04.3. Determinación de parámetros fisicoquímicos.

E.04.4. Determinación de parámetros mediante técnicas instrumentales.

E.04.5. Determinación de perfiles normativos de aguas.

Segundo

Fijar las cuantías de los correspondientes epígrafes de precio público al que se refiere el presente Acuerdo:

E.04.1. Determinación de parámetros microbiológicos:

E.04.1.1. Procedimientos analíticos sin técnicas de confirmación: 18 euros.

E.04.1.2. Procedimientos analíticos con técnicas de confirmación: 21 euros.

E.04.1.3. Recuento de legionella spp e identificación de L. neumophyla 50 euros.

E.04.1.4. Investigación de toxinas por ELFA: 56 euros.

E.04.1. Determinación de parámetros parasitológicos:

E.04.2.1. Investigación de triquina según R 2075/2005: l0 euros.

E.04.2.2. Investigación de anisakis spp por digestión enzimática: l0 euros.

E.04.3. Determinación de parámetros fisicoquímicos:

E.04.3.1. Volumetrías: 25 euros.

E.04.3.2. Potenciometrías: l0 euros.

E.04.3.3. Espectrofotometrías: 25 euros.

E.04.4. Determinación de parámetros mediante técnicas instrumentales:

E.04.4.1. Absorción atómica: 40 euros.

E.04.4.2. Análisis general cromatográfico (CG/HPLC): 80 euros.

E.04.4.3. Análisis por UPLC MS MS: 100 euros.

E.04.4.4. Residuos zoosanitarios: 350 euros.

E.04.5. Determinación de perfiles normativos de aguas:

E.04.5.1. Análisis de agua de grifo en consumidor (Rto coliformes totales, Rto E. coli, amonio, color, conductividad, turbidez, cobre, hierro, níquel, cromo y plomo):

E.04.5.1.1. Análisis completo: 95 euros.

E.04.5.1.2. Solo parámetros microbiológicos: 39 euros.

E.04.5.1.3. Solo parámetros fisicoquímicos: 40 euros.

E.04.5.1.4. Solo metales: 40 euros.

E.04.5.2. Análisis de control (Rto de aerobios a 22oC, Rto coliformes totales, Rto E. coli, Rto de cl. perfringens, amonio, color, conductividad, turbidez, nitritos y aluminio):

E.04.5.2.1. Análisis completo: 147 euros.

E.04.5.2.2. Solo parámetros microbiológicos: 78 euros.

E.04.5.2.3. Solo parámetros fisicoquímicos y aluminio: 105 euros.

E.04.5.3. Análisis perfil completo de abastecimento de agua (Rto aerobios a 22oC, Rto coliformes totales, Rto de E. coli, Rto de enterococos, Rto de Cl. Perfringens, color, turbidez, conductividad, cloruros, sulfatos, nitratos, nitritos, amonio, oxidabilidad al permanganato, fluoruros, cianuros, cobre, hierro, manganeso, níquel, cromo, sodio, aluminio, selenio, antimonio, arsénico, cadmio, mercurio, plomo, plaguicidas organoclorados, compuestos organoclorados volátiles):

E.04.5.3.1. Análisis completo: 385 euros.

E.04.5.3.2. Solo parámetros microbiológicos: 96 euros.

E.04.5.3.3. Solo parámetros fisicoquímicos: 185 euros.

E.04.5.3.4. Solo metales: 40 euros.

E.04.5.3.5. Solo plaguicidas: 80 euros.

E.04.5.3.6. Solo volátiles: 80 euros.

E.04.5.4. Piscinas (Rto de aerobios a 37oC, Rto de coliformes totales, Rto de coliformes fecales, Rto de E. coli, Rto de enterococos, Rto de pseudomona aeruginosa, Rto de estafilococos coagulasa +, Inv. de salmonella spp, amonio, conductividad, nitritos, oxidabilidad al permanganato, turbidez):

E.04.5.4.1. Análisis completo: 172 euros.

E.04.5.4.2. Solo parámetros microbiológicos: 135 euros.

E.04.5.4.3. Solo parámetros fisicoquímicos: 80 euros.

La cuantía que se establezca para cada epígrafe se incrementará en un 30 por 100 si el resultado se emite bajo acreditación de ENAC.

A las anteriores cuantías se añadirá el IVA correspondiente del tipo que esté en vigor.

Tercero

Modificar el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid mediante la inclusión en el Anexo II del epígrafe E.04, identificando como centro gestor competente a la Consejería de Sanidad.

Cuarto

Se faculta al Consejero de Sanidad a desarrollar, previo informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, las normas relativas a la gestión, liquidación y recaudación del precio público al que se refiere este Acuerdo.

Quinto

Se dejan sin efecto todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo previsto en el presente Acuerdo.

Sexto

Lo establecido en este Acuerdo será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 12 de julio de 2012.

El Consejero de Sanidad, JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC

(03/29.105/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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