Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 212

Fecha del Boletín 
05-09-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120905-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

92
Demanda 445 de 2012

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 445 de 2012, acumulada número 446 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Agar San Miguel Altaber y doña Isabel María Ratodo Marín, contra la empresa “Arba Geofísica, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 13 de julio de 2012 del tenor literal siguiente:

Auto

En Madrid, a 13 de julio de 2012.

Parte dispositiva:

Que debo desestimar y desestimo el recurso de aclaración de fecha 11 de julio de 2012, presentado por la parte actora doña Agar San Miguel Altaber y doña Isabel María Ratodo Marín, manteniendo todos los pronunciamientos de a sentencia en su integridad.

Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe el mismo recurso, que contra la sentencia en su día dictada, es decir, suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles.

Así lo pronuncia, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Ángel Luis del Olmo Torres.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Arba Geofísica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.280/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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