Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 211

Fecha del Boletín 
04-09-2012

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120904-38

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE FUENLABRADA NÚMERO 1

EDICTO

38
Juicio de faltas 187 de 2012

Doña Lucía Haro Fernández, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Fuenlabrada.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 187 de 2012 se ha acordado notificar a don Abed Rahman Zurrok y a doña Zhora Zurrok en los términos que a continuación se indican:

Sentencia

En Fuenlabrada, a 16 de julio de 2012.—Vistos por mí, doña Gemma Poveda Recio, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 1 de Fuenlabrada, los presentes autos de juicio de faltas número 187 de 2012, seguidos contra doña Zhora Zurrok, doña Mina Boughalala y don Abed Rahman Zurrok, siendo denunciante don Mohammed Yettefti, en su propio nombre y en el de su hija menor Laila Yettefti Boughlala.

Fallo

Absolver libremente a doña Zhora Zurrok, a doña Mina Boughalala y a don Abed Rahman Zurrok de los hechos origen de la presente causa, declarándose las costas de oficio.

Notifíquese la presente resolución a las partes interesadas, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde el siguiente al de la notificación, que se sustanciará ante la Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo pronuncia, manda y firma, doña Gemma Poveda Recio, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 1 de Fuenlabrada y su partido judicial.

Y para que conste y sirva de notificación a don Abed Rahman Zurrok y a doña Zhora Zurrok, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Fuenlabrada, a 24 de julio de 2012.—La secretaria (firmado).

(03/28.371/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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