Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
30-08-2012

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120830-99

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

99
Ejecución 241 de 2010

Doña Paloma Zotes Alijas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 241 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Elena Fernández Moreno, contra la empresa “Yaneluz, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Ángela Mostajo Veiga.—En Madrid, a 11 de junio de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de la ejecución a favor de la parte ejecutante doña María Elena Fernández Moreno, frente “Yaneluz, Sociedad Limitada”, por las siguientes cantidades:

Principal: 18.000 euros.

Intereses: 1.080 euros que se calculan provisionalmente.

Costas: 1.800 euros que se calculan provisionalmente.

Contra este auto cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las infracciones en que incurre y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada (artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), debiendo consignarse las cantidades exigidas en la Ley.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Yaneluz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.807/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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