Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 206

Fecha del Boletín 
29-08-2012

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120829-3

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 2 de agosto de 2012, del Director General de Cooperación con la Administración Local, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación, del puesto de Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcobendas, reservado a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal.

Visto el escrito del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcobendas, de fecha de 31 de julio de 2012, relativo a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto reservado a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal de Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local de dicho Ayuntamiento.

Visto el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Alcobendas, así como el informe del Área de Administración y Régimen Jurídico Local de fecha 2 de agosto de 2012. Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 94/2010, de 29 de diciembre; Decreto 11/2011, de 16 de junio; Decreto 57/2011, de 30 de junio, y Decreto 96/2011, de 7 de julio.

HE RESUELTO

1. Publicar las bases y la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo de Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcobendas, reservado a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal, aprobadas por decreto de la Alcaldía-Presidencia, de 31 de julio de 2012.

Decreto 6969/2012, de 31 de julio, de la Alcaldía-Presidencia, por el que se aprobó la convocatoria para la provisión, por Libre Designación, del puesto de Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcobendas, reservado a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal.

Vista la relación de puestos de trabajo y plantilla orgánica de este Ayuntamiento, aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 5 de junio de 2012, y acuerdo de pleno de 31 de enero de 2012, sobre aprobación del presupuesto general para 2012, entre los que figura el puesto de Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local, reservado a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal.

De conformidad con lo establecido en el artículo 99.2 “in fine” y apartado b) de la disposición adicional octava de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter Nacional, y artículo 49 del Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Alcobendas.

Considerando las competencias legalmente atribuidas a esta Alcaldía-Presidencia en el artículo 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Funcionarios con Habilitación de carácter Nacional

VENGO A DECRETAR

1.o Aprobar las bases de la convocatoria para la provisión, por Libre Designación, del puesto de Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcobendas, reservado a Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal, según siguen:

Primera

Corporación convocante

Ayuntamiento de Alcobendas.

Segunda

Denominación y clase del puesto

Director General de la Oficina de la Junta de Gobierno Local, creado en virtud de lo establecido en el artículo 126.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Tercera

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuarta

Complemento específico anual: 41.087,64 euros.

Quinta

Requisitos para su desempeño conforme a la relación de puestos de trabajo

Pertenecer a la Escala de Funcionarios con Habilitación de carácter Estatal, Subescala de Secretaría, Categoría de entrada.

Sexta

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se dirigirán, dentro de los quince días naturales siguientes a la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”, al Ayuntamiento de Alcobendas; acompañándose el currículum vítae y la documentación acreditativa, tanto de los requisitos exigidos para el desempeño del puesto como los méritos alegados.

Séptima

Resolución de la convocatoria

Concluido el plazo, la Junta de Gobierno Local procederá, en su caso, a propuesta de la Alcaldía, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la Resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de aquella al órgano competente de la Comunidad Autónoma y a la Dirección General para la Administración Local, para la anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”. Dicha Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. La plaza deberá ser adjudicada entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. Asimismo podrá, motivadamente, ser declarada desierta. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Octava

Toma de posesión

El plazo posesorio será el mismo que se establece en el artículo 23 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria séptima de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.

2.o Proceder a la convocatoria, remitiéndose esta Resolución a la Dirección General de Cooperación, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y remisión al Ministerio de Administraciones Públicas, en el plazo máximo de diez días, con referencia precisa al número y fecha del diario en el que ha sido publicada y a efectos de la publicación del extracto de dichas convocatorias en el “Boletín Oficial del Estado”.

2. Remitir la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a efectos de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

3. Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Asuntos Generales de la Vicepresidencia o ante el Director General de Cooperación con la Administración Local, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 2 de agosto de 2012.—El Director General de Cooperación con la Administración Local, Jaime González Taboada.

(03/28.659/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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