Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 206
Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120829-94
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 180 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sonia Hernández Fernández, doña Verónica Redondo Moriana y doña Cristina Mora Palomo, contra las empresas “Damitor Integral, Sociedad Limitada”, y “Alreal Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado sentencia de fecha 1 de junio de 2012 y diligencia de ordenación formalizando recurso de suplicación de fecha 17 de julio de 2012, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
Sentencia número 265 de 2012
En Madrid, a 1 de junio de 2012.—Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 180 de 2011, seguidos entre las partes: de una, como demandantes, doña Sonia Hernández Fernández, doña Verónica Redondo Moriana y doña Cristina Mora Palomo, asistidas por el letrado señor Feced Martínez, y de la otra, como demandadas, “Damitor Integral, Sociedad Limitada”, representada por doña Josefa Dam Torres y asistida por el letrado señor González González, y “Alreal Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, representada por el letrado señor Arribas Chaves, sobre despido.
Fallo
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Sonia Hernández Fernández, doña Verónica Redondo Moriana y doña Cristina Mora Palomo, debo declarar y declaro improcedente el despido de las actoras y, en consecuencia, condeno a la empresa “Damitor Integral, Sociedad Limitada”, a la inmediata readmisión de las actoras o, a elección de aquella, a que les indemnice con las sumas de 6.417,54 euros a doña Sonia Hernández Fernández, 3.345,22 euros a doña Verónica Redondo Moriana y 7.442,99 euros a doña Cristina Mora Palomo, y en caso de readmisión, con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución a razón de 35,65 euros por día a doña Sonia Hernández Fernández, 30,76 euros por día a doña Verónica Redondo Moriana y 33,64 euros por día a doña Cristina Mora Palomo, así como al abono de las cantidades de 115,25 euros a doña Sonia Hernández Fernández, 603,14 euros a doña Verónica Redondo Moriana y 561,35 euros a doña Cristina Mora Palomo, en concepto de salarios y cantidades asimiladas, debiendo absolver a “Alreal Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, de los pedimentos formulados en su contra.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol.—En Madrid, a 17 de julio de 2012.
Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día por la parte actora contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 198 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Notifíquese a las partes.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
Así lo mando y firmo.
Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 53 a 62 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.
Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Damitor Integral, Sociedad Limitada”, y “Alreal Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 26 de julio de 2012.—La secretaria judicial (firmado).
(03/27.747/12)